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Detuvieron a alguien. Qué hacer en las próximas horas

Lo que se decide en las primeras horas queda escrito en el expediente para siempre. Esta guía es lo mínimo que conviene saber mientras conseguís un abogado.

Una detención no espera al lunes.

Si hay una persona detenida, una citación a declarar o un allanamiento en curso, llamá directamente a cualquiera de los dos titulares. Atendemos las 24 horas, todos los días.

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Los primeros seis pasos

En este orden. Cada uno se puede hacer desde el teléfono, sin moverte de donde estás.

01

Conseguí tres datos

Nombre completo y DNI de la persona, la dependencia donde está alojada y la fiscalía o juzgado que interviene. Con esos tres datos un abogado puede ubicar el legajo y llamar en minutos. Si además tenés la carátula o el número de causa, mejor.

02

No declares y pedí que no declare

Nadie está obligado a declarar contra sí mismo, y negarse a hacerlo no puede usarse como prueba en contra. Una declaración dada sin conocer la prueba del expediente es prácticamente imposible de deshacer después.

03

No firmes actas que no entendés

Actas de secuestro, consentimientos para requisar un domicilio o un teléfono, constancias de notificación. Todo lo que se firma se incorpora al legajo. Si no entendés qué dice, esperá a que haya un abogado.

04

Designá defensor particular cuanto antes

Se puede hacer en cualquier momento del proceso, incluso si ya intervino la defensoría oficial. Cuanto antes haya defensa designada, antes se puede pedir la excarcelación y controlar las medidas de prueba.

05

Juntá la documentación de arraigo

Recibos de sueldo o constancia de monotributo, servicio a nombre del domicilio, certificado de estudios, DNI con el domicilio actualizado. Es la prueba con la que se arma el pedido de libertad: cuanto más completa, mejor.

06

Anotá todo lo que pasó, con horarios

Hora de la detención, quiénes intervinieron, si hubo requisa, si se secuestró algo, si hubo testigos. Los detalles de procedimiento son muchas veces lo que después permite plantear una nulidad.

Errores que complican la causa

Preguntas frecuentes

No. Nadie está obligado a declarar contra sí mismo. Negarse no puede usarse como prueba en contra, y conviene hacerlo hasta tener defensa técnica y conocer qué hay en el expediente.

Nombre completo y documento de la persona detenida, la dependencia donde está alojada y la fiscalía o juzgado interviniente. Si tenés la carátula o el número de causa, acelera todo.

Depende del delito imputado, de los antecedentes y de cómo se acredite el arraigo. El pedido puede presentarse desde el inicio del proceso; los plazos de resolución varían según el juzgado y la jurisdicción. Nadie serio puede garantizar un resultado.

Sí. La persona imputada puede designar un defensor particular de confianza en cualquier momento del proceso, y esa designación reemplaza la intervención del defensor oficial.

Sí. Mantenemos atención de urgencias las 24 horas, todos los días, porque las detenciones y los allanamientos ocurren en su mayoría fuera del horario judicial.

Contanos qué pasó.

Escribinos por WhatsApp con el nombre de la persona, la dependencia donde está y la carátula si la tenés. Con eso empezamos.

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